Los tatuadores son unos cazurros
diciembre 20, 2014Los tatuadores son unos cazurros, definitivamente SI.
En este artículo te explicamos el porqué los tatuadores son unos cazurros…
Este artículo es especial para nosotros…. Como organizadores de las Cool Tattoo Sessions, con Mónika fue la primera vez que no invitamos a un tatuador en la edición nº13. Tuvimos el placer de contar con la presencia de Mónika, abogada y profesora de derecho laboral, la cual nos dio su visión acerca del porqué los tatuadores son unos cazurros…. Evidentemente contado desde el cariño, la ironía y la idea de transmitir un sentimiento positivo hacia un colectivo que necesita unirse…
A raíz de esa noche, creímos interesante plasmar por escrito su visión lo cual hicimos en el nº14 de la revista “Tattoo is Pain”.
Eres un cazurro si…
cazurro, rra.
(De or. inc.).
1. adj. Malicioso, reservado y de pocas palabras. U. t. c. s.
2. adj. Tosco, basto, zafio.
3. adj. Torpe, lento en comprender.
4. adj. ant. Se decía de las palabras, expresiones o actos bajos y groseros.
5. adj. ant. Se decía de la persona que las profería o los practicaba.
Real Academia Española
En este Tattoo Meeting / Cool Tattoo Session…
Para empezar si te perdiste el tattoo meeting 13 ;), porque te perdiste un buen resumen, un ambiente increíble, buena gente…, mientras escribo esto, está sonando la BSO de Titanic en mi cabeza, pero no os guardo rencor y aquí estoy de nuevo para poneros al día.
Surgieron unas cuantas dudas, y he intentado recoger las más importantes para dejarlo todo claro:
1.- Cuando me doy de alta como autónomo ¿tengo que darme de alta también en Hacienda o con darme de alta en la Seguridad Social es suficiente? Es decir, lo que realmente me querían preguntar es ¿tengo que pagar a Hacienda o basta con pagar autónomos? Pues si habéis leído los artículos anteriores ya sabréis por dónde van los tiros, SÍ, te tienes que dar de alta en las dos cosas:
– En la Seguridad Social, dándote de alta como autónomo y apoquinando cada mes.
– En Hacienda, dándote de alta en el IAE. Cuando haces este trámite el funcionario de turno te pregunta ¿qué numerito tiene su actividad? Y te vas a una lista inmensa buscando la T, tatuar, tatuaje… ¿vendrá por estudio de tatuaje? Para al final darte cuenta que tu negocio no existe para el Gobierno y tienes que elegir SALÓN de BELLEZA, es decir para Hacienda somos lo mismo que una peluquería, y pagamos impuestos como tales, una vez dados de alta en este impuestito ya podemos empezar a facturar –cobrar a clientes-
2.- ¿Puedo tatuar desde mi casa? Bueno, vamos a ver, ¿de forma legal? ¿En tu casa como un dentista de los antiguos? Pues malas noticias de nuevo amigos, las licencias para montar actividades empresariales en domicilios están siendo restringidas, siendo directa os diré que ya no dan estas licencias, el que la tiene , la tiene porque su padre montó en su día un despacho de abogados y lo ha heredado, pero licencias nuevas es casi imposible, por no decir que si tienes la suerte de encontrar una de estas reliquias, ponerlo en condiciones para tatuar (rampas, baños, lavabos en la zona de tatuar, habitación para esterilizar …) es una tarea que ni Juego de Tronos, se intenta evitar ruidos y molestias en zonas de viviendas, ahora que te montan un bar debajo de tu casa y ajo y agua.
¿Por qué entonces me empeñé en llamar cazurros al colectivo en general de tatuadores? ¿Por qué soy de Bilbao? Pues sí también, pero básicamente porque –léase desde el cariño-:
1. No tenéis un Convenio Colectivo que os regule pero en cambio habláis de aprendices como si eso existiera y no, que no existe, hay un contrato en prácticas, una beca… pero no la figura de una persona que nos trabaja gratis en el estudio a cambio de aprender el oficio, eso se hacía en la Edad Media, cuando el herrero del pueblo cogía un aprendiz para que le sucediera… y así aprendió mi padre a ser albañil.
2. Os cambian día sí y día también la normativa, en cada Comunidad Autónoma hay una diferente, que si hay que poner azulejos en la zona de trabajo, que si ahora los azulejos no valen que son porosos… y vosotros callados debatiendo sobre la imagen que da Madrid Ink.
3. Habláis de intrusismo, de gente que tatúa en casas, que hace verdaderas pifias, pero en cambio no dais facilidades a la gente que empieza, en su mayoría estáis en contra de las escuelas de tatuaje… no os implicáis en los estudios oficiales que con vosotros o sin vosotros saldrán en breve.
4. Os quejáis de la poca información que tienen los clientes sobre vuestro trabajo, que no valoran el trabajo bien hecho, que solo quieren regatear… en cambio no dais importancia a vuestras redes sociales, no cerráis citas –en general- por facebook u os negáis a dar precios si no es con el cliente delante y, lo que es peor, no invertís en publicidad, en plan Dios: dejad que los clientes se acerquen a mí.
5. Os quejáis de la pxxa mierda que son las tintas legalizadas en el país, pero en cambio no presionáis a fabricantes y comerciales de las tintas que os gustan para que realicen los pasos necesarios para poder vender aquí, mientras ellos siguen ignorando nuestro mercado.
Y bueno básicamente eso es todo, fueron tres horas de charla y seguro que algo me dejo, espero que nadie me lapide porque, aunque no os lo creáis, lo hago por vuestro bien y aprovecho para saludar a todos los compañeros que conocí en el tattoo meeting y recordarles que si alguno/a quiere adoptarme y enseñarme a tatuar como “aprendiza” 🙂 me dejo.
Mónika Rodríguez
Profesora de derecho laboral
[…] Hace muuucho tiempo, una colaboradora externa realizó un artículo llamado “Los tatuadores son unos Cazurros”. […]
[…] Hace muuucho tiempo, una colaboradora externa realizó un artículo llamado “Los tatuadores son unos Cazurros”. […]
[…] concluir este artículo de opinión, os recordaremos y recomendaremos leer el artículo “Los tatuadores son unos cazurros” escrito por la misma […]
Hola,
Acabo de leer éste artículo y me ha parecido muy interesante. Hace poco escribí un artículo sobre la facturación de los tatuadores y descubrí que según la Consulta Vinculante D.G.T. de 6 de noviembre de 2006 (número V2227-06) la realización de tatuajes y piercings debe encuadrarse bajo el epígrafe 979.9, “Otros servicios personales n.c.o.p.”, de la sección primera, si es ejercida por una entidad o persona física a título de empresario. Sin embargo, si es como profesional persona física será en el grupo 887 de la sección segunda, “Maquilladores y esteticistas”. Ya no es bajo el 972.2. de salones de belleza.
Con esto es importante aclarar si es la persona la que regenta el negocio o la que realiza los tatuajes. Además, dependiendo de este aspecto, si se realizan curas o un seguimiento de la evolución, nos encontramos con que el autónomo tiene que registrarse en un segundo epígrafe, que también puede variar.
Por si alguien tiene interés en leer más sobre el tema puedes echar un vistazo a mi artículo en Debitoor sobre modelo de factura para tatuadores: https://debitoor.es/blog/modelo-de-factura-para-tatuadores
Espero haber aportado algo de luz al tema 🙂
Un saludo,
Sergio
[…] Recientemente hemos publicado 2 artículos de Mónika, abogada, profesora de derecho laboral y experta en temas legales en el ámbito del tatuaje…. Uno exponiendo los riesgos de tatuar en casa y otro en el que explicaba el motivo por el que los tatuadores son unos cazurros. […]